viernes, 13 de enero de 2012

A LA CARCEL CON ELLOS

VIPS, quiere hacer ver de esta noticia aparecida en los medios.

A LA CARCEL CON ELLOS.

Todo empezó con un proceso de separación no amistoso y la pugna por la custodia de sus hijos. Pero la historia de un matrimonio roto pronto puso al descubierto los cobros que recibía de empresas constructoras el actual jefe de Unidad de Carreteras del Ministerio de Fomento en Pontevedra, José Manuel Piris Ruesga. Quedó plasmado en la sentencia que la Audiencia Provincial de A Coruña dictó el 10 de mayo de 2007 cuando la sección tercera de este tribunal concluyó que existe un "notorio desfase entre los ingresos declarados y el nivel de vida y patrimononial" de Piris Ruesga y "la evidente existencia de ingresos a los estrictamente provenientes del ejercicio de la función pública" por parte de este cargo de Fomento, así como "la ausencia de declaración tributaria de los mismos".

Tales eran las evidencias que, según el fallo, la Sala "pudo haber sopesado la oportunidad de participarlo tanto a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria como al Ministerio de Fomento". Finalmente el tribunal no lo hizo, y Piris Ruesga ha seguido ejerciendo durante todos estos años como jefe de Carreteras en la provincia de Pontevedra. La sentencia considera probado que el cargo del ministerio recibía "ingresos atípicos" de firmas constructoras: la empresa Omicron Amepro, SA, pagaba el renting de uno de los vehículos que utilizaba, un Volkswagen Golf, y otra sociedad, Api Conservación, SA, corría con los gastos de su teléfono móvil, cuya factura superaba los 200 euros mensuales.

El fallo de la Audiencia establece, como ya había indicado meses antes el juzgado de primera Instancia número 10 de A Coruña, que "los datos económicos no casan" porque cuando el funcionario declaraba ingresos por unos 70.000 euros anuales, sus gastos duplicaban esa cantidad y que Piris Ruesga siguió manteniendo el mismo nivel de vida cuando pasó a recibir 2.770 euros mensuales más dos pagas extra. El fallo de la Audiencia enumera los "viajes de vacaciones anuales en el extranjero con todo tipo de lujos y sin reparar en gastos" (Iguazú, Brasilia y Rio; Singapur y Malasia, Alemania; Rusia; Berlín; Irlanda; Canarias; Nueva York; Perú; Turquía; Alemania; Italia; Hungría y Rusia; además de cursos en Irlanda para que algunos de sus hijos aprendieran inglés).

Resulta llamativo, asegura la Audiencia en el fallo, que pese a sus ingresos -de 39.000 euros anuales en 2007- Piris Ruesga asumiese hacerse cargo de todos los gastos de estudio de sus tres hijos mayores (en prestigiosas universidades privadas y residencias de Madrid y Barcelona) así como de la escolarización de los tres menores en un selecto colegio coruñés, que supondría un gasto anual de más de 35.000 euros. Todo, además de mantener dos viviendas en Sanxenxo y en A Coruña, pagar 800 euros mensuales a una asistenta, las cuotas del club de golf y la sociedad hípica, entre otros. En su descargo, el funcionario de Fomento declaró ante el juez que durante esos años recibió donaciones de sus familiares. Su exesposa le acusó entonces de urdir excusas para blanquear los pagos que recibía de empresas privadas por gestiones que evitó declarar para no perjudicar a su familia.

miércoles, 4 de enero de 2012

Estas medidas no necesitan de expertos, las podía proponer cualquier profano

Para vuestro conocimiento y constancia, se ha publicado el 31 de diciembre de 2011 Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público.

Cada uno puede opinar, especialmente en lo concerniente a lo prometido y lo que se está aplicando


Como modificaciones más importantes en el ámbito fiscal, destacan:


· Modificación en los tipo de retención

- Rendimiento de Capital Mobiliario y Arrendamiento o Subarrendamiento de bienes inmuebles: Los porcentajes generales de retenciones y pagos a cuenta del 19% se elevan al 21%. Esta modificación será aplicable a todos los pagos efectuados desde 1 de enero 2012.

*Recordamos la importancia de tener en cuenta esta modificación desde la citada fecha.

Para los pagos que se efectúen a residentes en el País Vasco y Navarra se establece el porcentaje de retención del 19%.

- Rendimientos del Trabajo: Los tipos de retención se calcularán adicionando a la escala prevista en el Reglamento del IRPF la escala correspondiente al gravamen complementario de la base liquidable general. Este cálculo de la retención será aplicable a partir de 1 de febrero de 2012.

Para los residentes en el País Vasco y Navarra se han aprobado tablas de retención específica para el ejercicio 2012.

- No Residentes: El tipo de retención aplicable a no residentes para Rendimientos de Capital Mobiliario e Inmobiliario pasa del 19% al 21%, y el porcentaje general de retención pasa del 24% al 24,75% desde 1 de enero 2012.

· Modificación en los tipo de gravamen

IRPF:

- Se crea un gravamen complementario para la reducción del déficit público temporal y progresivo que se aplicará en los ejercicios 2012 y 2013 sobre todos los tramos de base liquidable general actualmente vigentes para aplicación de la tarifa estatal. Los porcentajes aplicables oscilan entre el 0'75% para el primer tramo de la tarifa, el correspondiente a las rentas más bajas, hasta el 7% para las rentas superiores a 300.000 euros, tramo que se crea nuevo para este gravamen.

- También se establece el gravamen complementario para las rentas del ahorro en porcentajes que oscilan entre el 2% para los rendimientos de hasta 6.000 euros y el 6% para rendimientos superiores a 24.000 euros, lo que supone que los tipos de gravamen serán 21%, 25% y 27%.

IS:

- Se extiende a los ejercicios iniciados dentro de 2012 la aplicación del tipo de gravamen superreducido del 20%.

- Se mantienen los porcentajes para los pagos a cuenta 18%, para las empresas que utilicen el método de la cuota, y 21%, 24% y 27%, para las empresas que apliquen el método de la base.

IVA:

- Se extiende hasta 31 de diciembre de 2012 la aplicación del tipo superreducido del 4% de IVA para las entregas de viviendas.

IBI:

- Se incrementan los tipos de gravamen, para los ejercicios 2012 y 2013, aplicables a los inmuebles urbanos que serán el 10%, 6% y 4% atendiendo a determinadas circunstancias.

· Otras modificaciones:

- Deducción por inversión en vivienda habitual: Se recupera, con efectos desde el 1 de enero de 2011, la deducción por inversión en vivienda habitual, eliminando los límites máximos de base imponible para su aplicación.

Entrada en vigor: 1 de Enero de 2012.