viernes, 16 de marzo de 2012

UNAS OBLIGACIONES

Ante una pregunta clásica, que últimamente se repite, realizadas por personas que no entienden el por qué se les demanda en sus perros la colocación de bozal, correa, microchip, la normativa municipal sobre los perros, etc., y alguno que otro sobre la solicitud de implantación de los conocidos como “pipican”, en un municipio con tanto rural, EXPONEMOS:


La normativa que utiliza el Concello de Sanxenxo, es la autonómica, ya que no disponemos de ordenanzas especificas en esta materia.

Dicha normativa es la siguiente:

- Lei 1/1993, do 13 de abril de Protección de animais domésticos e salvaxes en catividade.

- Decreto 153/1998, do 2 de abril, polo que se desenvolve a Lei 1/1993, do 13 de abril de Protección de animais domesticos e salvaxes en catividade.

Para os considerados potencialmente perigosos:

- Lei 50/1999, de 23 de decembro, sobre o Rexime Xuridico da Tenencia de Animais Potencialmente Perigosos.

- Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo polo que se desenvolve a Lei 50/1999, de 23 de decembro, sobre o Rexime Xuridico da Tenencia de Animais Potencialmente Perigosos

- Decreto 90/2002, do 28 de febreiro, polo que se regula a Tenza de Animais Potencialmente Perigosos na Comunidade Autónoma de Galicia e se crean os Rexistros Galegos de Identificación de Animaís de Compañia e Potencialmente Perigosos e de Adestradores Caninos.

Respecto a lo que nos comentan sobre que estamos obligando a llevarlos atados,,,,,:

No es que nosotros ahora estemos obligando a nada, sino que es nuestra obligación hacer cumplir la legislación vigente en esta materia, y así lo dice la referida legislación definiendo las competencias y obligaciones de la administración local en esta materia.

Tener un perro, no puede ser una molestia para un tercero. Y en el Concello se reciben numerosas quejas vecinales por varios motivos relacionados con algunos comportamientos irresponsables de algunos propietarios de perros. Nos encontramos con un gran numero de animales abandonos, perros que salen a pasear sueltos sin su dueño (los cuales provocan accidentes, ataques entre ellos y a otros animales llegando en algunas ocasiones a causar la muerte, etc.), parques infantiles y paseos llenos de defecaciones de perros ( que además de una cuestión de mala imagen, pueden provocar resbalones, niños que se caen y se manchan, salpicaduras de heces a los jardineros cuando cortan el césped, transmisión de enfermedades, etc.).

Además muchos vecinos sienten inseguridad cuando ven a un perro suelto. No debemos olvidar que un perro por muy dócil que sea es un animal y que ante un susto nunca podemos predecir como va a reaccionar.

Algunas de las obligaciones de los propietarios de un perro, según la legislación vigente son:

- Adoptar las medidas necesarias para impedir que los animales ensucien las vías o espacios públicos, les causen molestias a los vecinos o pongan en peligro a quien conviva en su entorno. El propietario deberá recoger los excrementos del perro.

- Adoptar las medidas necesarias para que el animal no pueda acceder libremente a las vías o espacios públicos o privados, así como impedir el libre acceso a personas, animales o cosas que se encuentren en ellos.

- En las vías públicas los perros irán provistos de bozal, cadena o correa y collar con identificación del propietario.

- La identificación con microchip es obligatoria.

Tomamos nota de las sugerencias de instalar "pipican", pero también adelantamos que en estos momentos no debemos hacernos cargo del gasto que eso supone para las arcas municipales, ya que existen otras necesidades mas urgentes y que si benefician a la totalidad de los vecinos y no solo a los propietarios de los perros. De momento deberán llevar alguna bolsa plástica con ustedes cuando salga a pasear al perro.

Para que los perros hagan ejercicio les recomendamos acuda a lugares apartados como los montes de los alrededores y no a las zonas de paseo, playas y parques muy concurridas por otros usuarios de las mismas.